banner image
Press Release

¿Quiénes tienen que radicar la planilla de contribución sobre ingresos?

Cuando comienza la temporada contributiva, una de las preguntas más comunes que nos hacen los individuos es si tienen o no requisito de preparación de planilla. La regla general es que todo contribuyente con ingreso bruto neto de exenciones que exceda cero debe radicar una planilla de contribución sobre ingresos. Sin embargo, puede haber circunstancias donde aun cuando no haya generado ingresos necesite preparar una planilla.

Los siguientes individuos deben radicar una planilla de contribución sobre ingresos para el periodo 2020:

Primero, todo individuo residente o no residente de Puerto Rico —ya sea contribuyente individual o casado— tiene la obligación de rendir una planilla de contribución sobre ingresos cuando el ingreso bruto neto de exenciones sea mayor de cero. Sin embargo, si la contribución es pagada en su totalidad en el origen, no necesita radicar. Además, los individuos cuyo ingreso neto tributable para la contribución básica alterna —contribución adicional con la que a veces no contamos al entrar en ciertas transacciones— sea $25,000 o más deberán rendir una planilla.

Segundo, los individuos no residentes de Puerto Rico durante todo el año, o parte del año contributivo, tienen la obligación de rendir planilla de contribución sobre ingresos cuando tienen ingreso bruto de fuentes de Puerto Rico. Para determinar el ingreso bruto no se consideran los ingresos exentos. Si la contribución es pagada en su totalidad en el origen, no necesita radicar.

Tercero, en el caso de contribuyentes casados, si radican en conjunto, se considera el ingreso de ambos para determinar el requisito de radicación. Los contribuyentes casados que radican por separado hacen este análisis a nivel de cada contribuyente.

Tanto el gobierno federal como el gobierno de Puerto Rico emitieron pagos de subsidio o estímulos durante el año contributivo 2020 a consecuencia del covid-19. Estas ayudas se consideran exclusiones de ingreso, por lo que no se incluyen al momento de determinar el ingreso bruto para el análisis de requisito de radicación de planilla. Sin embargo, si tuviese que radicar una planilla por otras razones, estas ayudas deben reportarse en el Anejo IE, el cual recoge los ingresos excluidos y exentos.

Aun cuando no hubiese generado ingresos durante el año pueden haber razones para preparar una planilla de contribución sobre ingresos:

Primero, en el caso de aquellos individuos que no recibieron o recibieron incompletos la ayuda del Pago de Impacto Económico a raíz del covid-19, pueden preparar una planilla para reconciliar o reclamar el crédito como reintegro en su planilla 2020.

Segundo, además puede preparar una planilla para reconocer el Crédito de la Oportunidad Americana para el año actual o retroactivamente para los periodos 2018 y 2019.

Tercero, si genera pérdidas en sus negocios para propósito de arrastrar las mismas a los años futuros.

Cuarto, si genera pérdidas en la venta de activos de capital para propósitos de arrastrar las mismas a los años futuros.

MicrosoftTeams-image (15).png

Descarga PDF  [ 308 kb ]

Copy text of article