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Press Release

Planilla del 2017: ¿Cúal es mi estatus contributivo?

CPA Francisco Luis

El estatus contributivo es el que determina la manera en que vamos a radicar nuestra planilla de contribución sobre ingresos. Aunque la planilla vence este año el 17 de abril, el estatus contributivo se establece a la fecha del cierre del año anterior, es decir 31 de diciembre del 2017. Actualmente existen tres tipos de estatus contributivos. Veamos...

Se puede radicar como contribuyente individual, si el contribuyente es soltero, divorciado o viudo. En los casos de matrimonios con capitulaciones matrimoniales de total separación de bienes, el estatus contributivo de cada cónyuge será también como contribuyente individual Adémas, aquellos matrimonios en los que los cónyuges estén separados podrán radicar cada uno como contribuyente individual, si cumplen con una regla: haber estado separados por 183 días consecutivos en un período de 12 meses que incluya el 31 de diciembre del año contributivo.

Si el contribuyente está casado, puede optar por radicar como contribuyente casado o como contribuyente casado rindiendo separado.

Debemos recordar que aun cuando se elija radicar como contribuyente casado, el matrimonio puede usar el anejo CO para fijar individualmente la responsabilidad contributiva de cada cónyuge. En el caso de matrimonios que optan por radicar como contribuyentes casados rindiendo separadom deben estar legalmente casados y vivir bajo el mismo techo. Cada cónyuge tributará por su ingreso y ciertas deduccciones serán divididas en partes iguales entre los dos.

Aunque pudiera parecer sencilllo, lo cierto es que cada caso es particular y siempre podrían haber dudas. Por eso es altamente recomendable que se consulte con un Contador Público Autoricado (CPA) para poder aclarar cualquier duda en cuanto al estatus contributivo y las implicaciones que esto conlleva. Planilla 2017: ¿Cúal es mi estatus contributivo?

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